Información y programa de licencias de entretenimiento

Las disposiciones para entretenimiento en vivo se abordan en el Capítulo 5.40, Entretenimiento en vivo, del Código Municipal de Carpintería (CMC). Todas las empresas que deseen ofrecer entretenimiento en vivo, incluida, entre otras, música en vivo, deben solicitar y obtener una Licencia de entretenimiento anual de la Ciudad. La emisión de una Licencia de Entretenimiento está sujeta a revisión y aprobación por parte del Departamento del Sheriff del Condado de Santa Bárbara, el Distrito de Protección contra Incendios de Carpinteria-Summerland y el Departamento de Desarrollo Comunitario de la Ciudad, y puede estar condicionada a limitar o restringir la manera en que se puede ofrecer entretenimiento en vivo. realizados (p. ej., horario, ruido, iluminación, ubicación, etc.). Los titulares de licencia deberán realizar actividades de entretenimiento en vivo permitidas de conformidad con todas las condiciones de aprobación de la Licencia de entretenimiento. El incumplimiento de dichas condiciones de la Licencia puede ser motivo de acción correctiva, que puede incluir la suspensión o revocación de la Licencia de Entretenimiento.

Información de Licencia

Si tiene preguntas, comuníquese con el Departamento de Desarrollo Comunitario.

Directorio de la ciudad